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La Sección Quinta del Consejo de Estado decretó la suspensión provisional del Acuerdo 009, del 27 de octubre de 2023, en la que el consejo directivo de la Corporación para el Desarrollo Sostenible de la Mojana y el San Jorge (Corpomojana) eligió a Giovannys Medrano Martínez, como director general de esa entidad ambiental.
Lo anterior se desprende de una demanda presentada por Francisco Severiche Pérez contra el acto electoral de Medrano Martínez.
En dicha demanda, Severiche Pérez argumentó que el consejo directivo de Corpomojana no incluyó dentro de sus integrantes a los representantes de las comunidades afrodescendientes, a pesar que el Tribunal Superior de Sincelejo le ordenó al ente ambiental tomar las decisiones necesarias para garantizar la efectiva participación de la mencionada comunidad con asiento en la jurisdicción de Corpomojana.
En la demanda, que fue admitida también, surtió efecto de apelación sobre la medida cautelar
En fin, es que tales miembros no fueron incluidos en el consejo directivo de Corpomojana y así se procedió a elegir al nuevo director.
A juicio del demandante, en el acto de elección de Giovannys Medrano Martínez se incurrió en las causales de nulidad dispuestas en el artículo 137 de la Ley 1437 de 2011, referentes al desconocimiento del debido proceso, abuso de autoridad, infracción de norma superior y expedición irregular.
Qué dijo el Consejo de Estado
Después de analizar minuciosamente las pruebas aportada, el Consejo de Estado se pronunció sobre la admisión de la demanda y la medida cautelar solicitada.
Fue así que el alto consejo señaló que las comunidades afrodescendientes que se encuentran en la jurisdicción de Corpomojana, no se les ha dado asiento en el respectivo consejo directivo, factor este que podría ser nula la elección del director.
"Por manera que, a este estado del proceso y con las documentales aportadas, se puede concluir prima facie que al interior del consejo directivo de Corpomojaan debía tener presencia un representante principal y un suplente de las comunidades negras que se encuentren en su jurisdicción", reza en el auto. La decisión tuvo dos salvamento de votos, de cinco magistrados.