19 de abril de 2024
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Formulan cargos por hechos que habían sido objeto de archivo

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10 de may. de 2023

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Redacción. Ante la formulación del pliego de cargos que hizo la Procuraduría General de la Nación contra el director general de la Corporación Autónoma Regional de Sucre (Carsucre), Johnny Avendaño Estrada, y otros funcionarios de esa entidad ambiental, este se pronunció al respecto.
Es así como dijo que si bien la Procuraduría abre el proceso y que hoy es noticia sobre la formulación de cargos, también es cierto que este ente disciplinario ya había adelantado una investigación por la misma causa y objeto con número de radicado IUS E -2017 -858217/ IUC-D 2017-104263, el cual con auto de fecha 08 de junio de 2020, que ordena la terminación del proceso. En consecuencia archivó la actuación de la que hoy el mismo ente de control sigue adelante.
"Por ello desde el momento de la notificación del auto de formulación de cargos se presentan los respectivos descargos, toda vez que como principio constitucional en nuestro ordenamiento jurídico, existe la prohibición de sancionar dos veces por el mismo hecho a una persona, aludiendo al artículo 29 de la Constitución Política y el principio del non bis in idem. Recalco que existe cosa juzgada en el proceso que sigue adelantando la Procuraduría", expresó el director.

Las conductas reprochadas a los disciplinables fueron calificadas como falta gravísima a título de culpa gravísima.

Cabe anotar que la Procuraduría imputó pliego de cargos por presuntas irregularidades en una licitación abierta para apoyar los procesos de restauración de bosque en la zona de recarga de acuíferos en varios municipios de Sucre.
Ese proceso también cobija a los integrantes del comité evaluador de la Licitación Pública N° 001 de 2017: los entonces subdirectores de Planeación (E), administrativo y financiero y de Gestión Ambiental, Jorge Alberto Patrón Alcocer, Pedro Enrique Rodríguez Suárez y Dennis José Fuentes Vásquez, respectivamente, y la secretaria general (e), Edith del Carmen Salgado Acosta.
De acuerdo con el Ministerio Público, el director de Carsucre ordenó la apertura del proceso en cuyo pliego de condiciones definitivo se habrían consagrado causales de rechazo no previstas en la ley.
Además, habría realizado la adjudicación y celebrado el contrato correspondiente, pese a que el comité evaluador rechazó presuntamente de forma injustificada, la propuesta presentada por la Fundación para el Desarrollo Sostenible y la Participación Ciudadana (Fundespac).
De otra parte, el ente disciplinario cuestionó la conducta de los cuatro integrantes del comité evaluador quienes al parecer refutaron la propuesta de la citada fundación bajo el argumento de que quien entregó el documento no ostentaba facultades para ello, pues no tenía la condición de representante legal, ni tampoco contaba con poder especial, concluyendo erróneamente falta de capacidad jurídica.
En ese sentido, la Procuraduría estableció que la propuesta presentada y los documentos que la conformaban fueron firmados por quien ejercía la representación legal de Fundespac para la época de los hechos.

Facsímil del archivo del proceso contra Johnny Avendaño.