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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), confirmó que el Registro Único Tributario (RUT), no tendrá fecha de vencimiento. La entidad estableció varios ajustes para garantizar la protección de datos personales y evitar la exigencia de actualización del RUT mientras no haya cambios en los datos de los contribuyentes.
“La Dian reitera a la ciudadanía que el RUT tiene vigencia indefinida y solo debe ser actualizado cuando haya cambios en el lugar de residencia, número telefónico, correo electrónico, actividad económica, responsabilidades o algún otro atributo o característica que se encuentre dentro del registro del contribuyente. Esto, de acuerdo con lo establecido en los artículos 555-1 y 658-3 numeral 3 del Estatuto Tributario y el artículo 1.6.1.2.7 de Decreto 1625 del 2016".
Asimismo, explicaron que, actualmente, en el documento no se visualiza la fecha de expedición del RUT, lo que venía generando confusión sobre su vigencia “que es indefinida". Al respecto, señalaron que desde hoy, “solo aparecerá la fecha de generación, ubicada en el pie de página de cada hoja del documento, y no estará presenté la fecha de actualización del documento".
Además, resaltaron que: “Con esta medida, evitamos que se generen trámites innecesarios para los ciudadanos, reafirmando que el RUT tiene vigencia indefinida y no requiere actualizaciones permanentes, salvo en casos específicos. Además, buscamos reducir el riesgo de suplantación de identidad de los contribuyentes", explicó Jairo Orlando Villabona Robayo, director general de la Dian.