28 de marzo de 2024
Tendencias

© 2023 El Meridiano.

El Gobierno toma el control de Viva Air

Por
6 de mar. de 2023

Compartir con:

thumbnail

La Superintendencia de Transporte a través de un comunicado anunció este lunes 6 de marzo que el Gobierno toma el control de la aerolínea Viva Air.

Según el artículo 32 de la Ley 1340 de 2009, el Estado podrá intervenir cuando se presenten situaciones externas o ajenas a los productores nacionales que afecten o distorsionen las condiciones de competencia en los mercados de productos nacionales.

El Ministerio de Transporte, dijo: “En el marco de sus competencias, la Superintendencia de Transporte, mediante la Resolución No 705 del 3 de marzo de 2023, tomó la decisión de imponer la medida de sometimiento a control a la aerolínea Fast Colombia S.A.S., en Proceso de Recuperación Empresarial, la cual se notifica hoy 6 de marzo de los corrientes”.

Por su parte el sometimiento a control, busca medidas para superar la crisis que se enfrenta. La aerolínea debería solucionar a los pasajeros el estado de reservas emitidas y confirmadas.

Viva Air deberá cumplir medidas especiales:

Presentar un Plan de Recuperación y Mejoramiento a través del cual se tomen acciones para resolver las situaciones críticas que dieron origen a la imposición de la medida. Para esto tendrá un plazo de dos días, contados a partir de la notificación de la resolución.
Deberá presentar un reporte de información necesaria que permita determinar el órgano de administración o agente externo que tomó la decisión administrativa y operativa de suspender la prestación del servicio público aéreo y los análisis técnicos, administrativos y financieros en que se soportó esta decisión.
Se conmina a los administradores de Viva Air, que en febrero entró a un proceso de recuperación empresarial, para que se abstengan de realizar actos contrarios a la ley.
Se conmina a la aerolínea a restablecer la sede administrativa y los servicios asociados a ellos, dentro de los tres días calendario, a partir de la notificación del acto administrativo.
Conmina a Viva Air a que, dentro del día hábil siguiente a la ejecutoria de este acto administrativo, defina a los pasajeros el estado de reservas emitidas y confirmadas.
Se advierte a dicha aerolínea que cualquier reforma estatutaria deberá ser presentada a la SuperTransporte para que la misma autorice su solemnización.
Se advierte a Viva Air que los administradores y empleados tienen prohibida la constitución de garantías que recaigan sobre bienes propios de la sociedad, enajenaciones de bienes y operaciones que no correspondan al giro ordinario de los negocios, sin autorización previa de esta Superintendencia.
Se advierte a la aerolínea que deberá preservar el pasivo recibido por los recursos recaudados por la venta anticipada de tiquetes, tiqueteras y por aviación no regular de pasajeros, de lo cual deberá presentar reporte en el término de tres días calendario y, en lo sucesivo, el último día hábil de cada mes, hasta cuando se superan las condiciones que dieron origen a la presente decisión.
El sometimiento a control de Viva Air estará vigente hasta tanto no se superen las situaciones que dieron origen a la imposición de la medida.

La Superintendencia de Transporte, solicita a la Superintendencia de Sociedades, en Proceso de Recuperación Empresarial.