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Opinión

Sobre Avalúos Catastrales e Impuesto Predial 2024

Ernesto Gutiérrez Castillo
Ernesto Gutiérrez Castillo
Columnista
30 de enero de 2024

Los nuevos incrementos de avalúos catastrales para 2024, base para el impuesto predial, ya rigen. El Decreto 2311 define aumentos, basados en estudios del DNP, impactando finanzas de propietarios.

Por Ernesto Gutiérrez Castillo Todos los años, cuando llega el momento en que las autoridades competentes inician el cálculo del incremento de los avalúos catastrales, los propietarios de inmuebles cruzamos los dedos como una costumbre algunas veces ineficaz, esperando que este se realice con apego a los requisitos técnicos requeridos así como a los procedimientos legales para ello, sin que sea necesario acudir a múltiples procesos administrativos de revisión de avalúos y que los impuestos no golpeen tan fuerte nuestras finanzas Desde el 1 de enero de 2024, rigen los nuevos porcentajes de incremento de los avalúos catastrales para la vigencia de 2024, lo anterior con el fin de servir como base gravable en el cálculo del impuesto predial. Dichos porcentajes fueron definidos mediante el Decreto 2311 de 2023, obedeciendo a estudios socioeconómicos realizados por Planeación Nacional. El Decreto 148 de 2020, establece que el avalúo catastral es el valor de los predios arrojado de un ejercicio técnico que, en ningún caso, podrá ser inferior al 60% del valor comercial o superar el valor de este último. Algunos de los criterios que se tienen en cuenta para calcular el incremento son: la inflación, el Índice de Valoración Predial (IVP), tamaño, calidad de la construcción, instalaciones, servicios aledaños, ubicación, entre otros. En ese orden de ideas, el DNP reajustó los avalúos catastrales para viviendas ubicadas en suelo urbano y rural así: para predios urbanos o rurales que no se hayan formado y actualizado en el 2023 y que sean destinados a la realización de actividades no agropecuarias, el aumento será de 4,51%; mientras que los avalúos catastrales de los predios rurales no formados y no actualizados en el año 2023 que sean destinados a la realización de actividades agropecuarias, tendrá un aumento del 2,55%. Con el cálculo anterior se inician las labores del Igac, quien es la autoridad catastral para aquellos entes territoriales que no poseen catastros autónomos. Para los entes territoriales que sí poseen sus operadores catastrales autónomos, no aplican los reajustes mencionados en el Decreto 2311 de 2023. Para estos casos, los operadores pueden decidir el cálculo de un índice de Valoración Predial (lVP) diferencial, estableciendo los incrementos respectivos dentro de sus funciones de censo, actualización y clasificación predial. Algunos ejemplos de operadores autónomos son, GoCatastral en Cartagena, Edis en Montería y la Gerencia de Gestión Catastral en Barranquilla. Todas estas autoridades tienen el gran reto de mantener la identificación predial física, jurídica y económica para contribuir al desarrollo integral y sostenible de las ciudades.