
Sensación antidemocrática en la Justicia

Un elemento clave en la democratización del sistema de elección de jueces, es partir también por definir el perfil de la persona que se pretende incorporar a la organización judicial, dado que es la brújula que orienta la selección y, de esta manera, se garantizará, indiscutiblemente, una recta administración de justicia; de forma, que debe existir una conexidad y articulación entre la democratización del sistema de elección y el sistema de requisitos e inhabilidades para ser juez, reitérese, a fin de garantizar una recta administración de justicia.
Existirá siempre interferencia política y exclusión en el sistema judicial, en la medida que los magistrados de las altas cortes (Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado) son quienes eligen a los miembros del Consejo Superior de la Judicatura y si tenemos en cuenta, que los partidos políticos tienen incidencia en la elección de magistrados de la Corte Constitucional y del Fiscal General de la Nación, sin olvidar el sistema de cooptación cerrado de los miembros de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, según el art. 231 de la Constitución, que son elegidos por la respectiva Corporación, es decir, los mismos con los mismos. ¡Abominable sistema judicial que, indudablemente, expone la recta administración de justicia! Necesitándose de principios y procedimientos democráticos en la rama judicial de Colombia, urgentemente, dado que constituye una farsa todo el sistema judicial actual, pues, deja entre ver que no garantiza accesibilidad, transparencia y participación ciudadana e idoneidad para ser juez y, por tanto, no está enfocada hacia la "democratización de la justicia", al no preocuparse por la necesidad de principios y procedimientos democráticos de elección de los jueces, que es lo que garantizará, en última, la independencia y eficacia de la justicia. Entonces, se requiere democratizar a la rama judicial, para que pueda hablarse de Estado Democrático; de lo contrario, por ejemplo, en la elección de un magistrado de la Corte Constitucional, la alegría no será, sino una alegría partidista no ciudadana, centrándose el júbilo, exclusivamente, en el éxito de un partido político, en contraste con la alegría ciudadana, que se enfoca en el bien común y el progreso social y político de la comunidad en su conjunto. Se las dejo allí.