
Quae sunt quod praeteriit facite

El principio de paralelismo jurídico, que rige en Derecho, se enfrenta a un proyecto de ley que busca el divorcio por voluntad unilateral, contradiciendo la Constitución.
Por Carlos Rodríguez Santos En el Derecho se utilizan expresiones latinas, v.g., la frase latina Quae sunt quod praeteriit facite que significa "En derecho las cosas se deshacen como se hacen", conocido como "El principio general de derecho del paralelismo jurídico" que significa, por ejemplo, un decreto puede ser reformado por otro decreto, una ley por otra ley o un acto administrativo por otro acto administrativo y un acuerdo de voluntades por el mutuo acuerdo de las partes. El "principio de paralelismo jurídico" se basa en el respeto a la persona humana y en la naturaleza de las cosas materia del Derecho, por ejemplo, el "matrimonio y la familia", dos instituciones jurídicas conexas, creadas por el hombre, que encuentran causa eficiente en la ley natural de la necesidad sexual del hombre concebida como un proceso natural que envuelve una causa-final: la procreación para conformar una familia, posible solo entre un hombre y una mujer, pues, la palabra "matrimonio" etimológicamente significa "estado de madre". De allí, que nuestra Constitución (art. 42) estableció que "la familia es el núcleo fundamental de la sociedad que se constituye por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio"; aclarando así, por un lado, que sin familia no habrá sociedad y que, para deshacer el matrimonio, en principio será por la decisión libre del esposo y la esposa de divorciarse: Quae sunt quod praeteriit facite. No obstante, la noticia en esta semana fue un proyecto de ley que pretende establecer como causal de divorcio: "la sola voluntad de cualquiera de los cónyuges", contrariando no sólo el "principio del paralelismo jurídico", sino la Constitución misma (art. 42) y esto por elegirse congresistas no idóneos en el Derecho, incurriendo en "decisionismo jurídico", esto es, pretendiendo resolver con rapidez un conflicto jurídico, creyendo que el Estado es la fuente absoluta de toda decisión legal y moral en la sociedad. ¡Ojalá que no pase ese proyecto! y de aprobarse, el buen juicio de la Corte la declare inexequible y si no, los jueces tendrán que interpretarla del modo que más conforme parezca al espíritu general de la legislación y a la equidad natural, a menos que sean positivistas y si lo son, ¡se fregó Pindanga! Se las dejo allí.