
Oposición no es Ultraje

La Ley Estatutaria 1909 de 2018, Estatuto de la Oposición, establece el marco general para el ejercicio y protección del derecho a la oposición de las organizaciones políticas y entiéndase por "organizaciones políticas" a los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que opten por declararse en oposición al gobierno y por "gobierno" entiéndase, según corresponda, al nacional encabezado por el Presidente de la República y a las administraciones departamentales, distritales y municipales, encabezadas por el respectivo gobernador y alcalde (arts. 2 y 6).
Efectivamente, el art. 4°, ibidem, establece que "la oposición política permite 'proponer alternativas políticas, disentir, criticar, fiscalizar y ejercer libremente el control político' a la gestión del Gobierno, mediante los instrumentos señalados en el presente Estatuto" y entre los instrumentos que señala dicha Ley Estatutaria, está el de acceder a medios de comunicación en la instalación del Congreso. Así: "En la instalación de las sesiones del Congreso por parte del presidente de la República, luego de la transmisión oficial, las organizaciones políticas declaradas en oposición al Gobierno nacional tendrán un tiempo de veinte (20) minutos para presentar sus 'observaciones y dar a conocer los planteamientos alternativos', en los mismos medios de comunicación social utilizados para la transmisión oficial (art. 14)". Ahora bien, el Domingo pasado, tras el discurso del presidente de la instalación del Congreso, Paloma Valencia y Lina Garrido como voceras de la oposición, lo que hicieron fue reducir su presentación en "ultraje", tratando con desvío a la persona del presidente, más no consistió en presentar observaciones y dar a conocer sus planteamientos alternativos respecto a las estadísticas del Presidente presentadas sobre materia económica, salud, clase trabajadora, turismo y agricultura, siendo abucheado, además, por la bancada opositora y ¡Cepeda como presidente del Congreso y moderador de la instalación, no exigió respeto! De esa manera, queda al descubierto que los cultivadores de la ley no están a la altura del papel de la "política legislativa", que debe ser un proceso gradual y orgánico, partiendo de una necesidad social identificada y no de una invención, cuyo legislador no debe ser "creador ex nihilo", sino "creatio ex materia", para dar forma a algo nuevo en sintonía con la realidad social, lo que se llama "vocación legislativa". Se las dejo allí.