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Opinión

Grooming: Cuando el peligro entra por la pantalla. Colombia necesita su propia "Ley Mica Ortega"

Glenda K. Fuentes
Glenda K. Fuentes
Columnista
3 de mayo de 2025

Colombia enfrenta la urgencia de una ley contra el grooming, delito que expone a menores a depredadores digitales. Inspirada en la "Ley Mica Ortega" de Argentina, busca prevenir, educar y proteger.

Por Glenda K. Fuentes Cada clic deja un rastro. Cada mensaje puede abrir una puerta. Pero cuando esa puerta conecta a niñas, niños y adolescentes con depredadores digitales, el Estado no puede limitarse a ser espectador. Colombia necesita con urgencia una legislación integral que reconozca y enfrente el grooming, como ya lo ha hecho Argentina con su "Ley Mica Ortega". No se trata solo de penalizar. Se trata de prevenir, educar, proteger y reparar. El grooming es una forma de acoso sexual en la que una persona adulta establece contacto con un menor de edad a través de medios digitales con fines sexuales. La mayoría de las veces, este acercamiento se da mediante engaños, manipulación o suplantación de identidad. En Colombia, esta conducta aún no está tipificada como delito autónomo. Si bien hay disposiciones en el Código Penal que podrían aplicarse —como actos sexuales con menores o pornografía infantil—, estas no reflejan la especificidad del grooming ni su carácter anticipado y preparatorio. Tampoco existen campañas nacionales de prevención, ni una política pública robusta para enfrentar este tipo de violencia digital. En 2016, Micaela Ortega, una niña de 12 años, fue engañada a través de Facebook por un hombre que usaba un perfil falso. La citó, la secuestró y la asesinó. El caso conmovió profundamente a Argentina y derivó en la creación de la Ley 27590, conocida como la Ley Mica Ortega, que establece, además del castigo, la creación de un Programa de Prevención y Concientización, educación digital desde la infancia, la capacitación docente obligatoria y una red interinstitucional de protección. En esencia, es una respuesta integral, no solo judicial. En nuestro país, niños y niñas acceden a redes sociales y juegos en línea desde los 8 o 9 años, muchas veces sin acompañamiento ni orientación. En una generación consumida por las pantallas, resulta más sencillo que un niño esté entretenido frente a una. Colombia necesita con urgencia una ley que no solo sancione, sino que también forme, alerte y actúe antes de que el daño ocurra. Esta debe incluir, como mínimo: 1. Tipificación penal autónoma del delito de grooming, sin necesidad de que se concrete un acto sexual. 2. Programa nacional de prevención digital. 3. Formación docente obligatoria sobre prevención. 4. Protocolos escolares. 5. Vinculación de plataformas digitales (monitoreo y reporte de perfiles sospechosos). 6. Línea directa de atención y denuncia. Cada día que pasa sin una regulación es una puerta abierta al daño. La vida de una niña, como la de Micaela, no debería ser el precio que paguemos para mover la agenda legislativa. Colombia tiene que actuar antes, no después. No basta con castigar al final del proceso: hay que prevenir desde el principio. Porque proteger a la niñez no es una opción. Es un deber constitucional. Y no hay excusa válida para seguir postergándolo.