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Opinión

Cambios en materia penal

Rafael Hernández Mestra
Rafael Hernández Mestra
Columnista
17 de enero de 2023

El gobierno colombiano propone reformar el Código Penal, reduciendo penas máximas a 40 años y ampliando la libertad condicional. Se despenalizan delitos relacionados con religión y otros.

Por Rafael Hernández M. columnas anteriores, dentro de la serie de reformas que está planteando y llevando a cabo el actual gobierno, ahora ha planteado una reforma al Código Penal Colombiano en especial lo concerniente a las penas y a los tipos de delitos. Es sabido que nuestro ordenamiento penal ha tomado modelos foráneos y la prueba está con el sistema penal acusatorio y oral que se implementó sin que el país estuviera preparado para ello, comenzando por lo más elemental y es que no habían salas de audiencia. Recordemos que, desde la Ley del Talión, han existido en la historia diferentes tipos de penas como la pena capital, la de azotes, la de vergüenza pública, la prisión, la cadena perpetua, la confiscación, los trabajos forzados, la domiciliaria, las granjas agrícolas y hasta Curules en el Congreso. Si tenemos en cuenta de que el derecho es una ciencia social, es natural que las penas van acordes con el momento histórico que está viviendo la sociedad, entonces el estado puede castigar cuando se transgreden las normas establecidas en el ordenamiento jurídico para permitir la convivencia social y es cuando el Derecho Penal como aparato represivo de control del orden con el pasar de los años ha evolucionado y modificado su concepción en aplicación de las teorías de las penas, tales como humanizar la pena, supresión de la ejecución de la pena, mayor garantismo penal, abolicionismo, etc. Entonces, bajo esos parámetros la reforma propuesta por el gobierno propone reducir la pena máxima que actualmente está en 60 años y la rebaja a 40, con excepción de los casos en los que exista concurso de delitos. Igualmente se extiende a los condenados por penas hasta los 12 años de cárcel la posibilidad de acceder a la libertad condicional, un beneficio que actualmente le otorga a quienes son condenados por delitos cuya pena mínima es de 8 años de cárcel. Dentro de los cambios también se plantea que dejarían de ser delitos las conductas asociadas a violaciones del sentimiento religioso como la perturbación de sometimiento religioso y el irrespeto a un cadáver. Igualmente desaparecen los delitos de injuria, la inasistencia alimentaria, la supresión, la alteración o suposición del estado civil; la emisión y transferencia ilegal de cheques, así como otros delitos.