
Anuncios de cobro de valorizacion en cordoba y sucre

En la presente semana, el presidente de la República solicitó cobrar valorización a las haciendas ubicadas alrededor de los proyectos: aeropuerto de Tolú, al igual que a las colindantes a los corredores viales que unen a Montería y Sincelejo con el mar.
Ese tipo de cobro se aplica a través de la Contribución Nacional de Valorización. ¿Pero qué es la Contribución Nacional de Valorización? Como respuesta, se tiene que es un gravamen real objeto de registro, para la construcción de una o varias obras de interés público. El gravamen aparece como un recurso de financiación para proyectos de infraestructura vial, que adelante el Estado colombiano (Hasta hoy, solo en el proyecto de concesión vial Cartagena Barranquilla - Circunvalar de la Prosperidad) y se basa en el beneficio que sufrieron o van a sufrir los inmuebles vecinos (dentro de un área de influencia) a un proyecto del sector transporte por mejorar la movilidad, accesibilidad o por un mayor valor. En la actualidad, la Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 280 de la Ley 2294 de 2023, el cual permitía el cobro de valorización a cualquier proyecto hasta después de cinco (5) años de su entrada a operación. Y por tal acción declara la reviviscencia del segundo inciso del artículo 249 de la Ley 1819 de 2016, el cual registraba que la valorización se podría aprobar antes o durante de la ejecución del proyecto. Teniendo claro que la llamada valorización solo podría cobrarse a los proyectos que estén en ejecución, sería bueno analizar el estado de los proyectos de infraestructura de transporte que están en ejecución en la región, los cuales serían: proyecto Antioquia – Bolívar, concesión vial a cargo de la Agencia Nacional de Infraestructura, en vías de los departamentos de Córdoba, Sucre y Bolívar (con la mayoría de peajes en Córdoba) y el aeropuerto de Tolú -Sucre. Como se mencionó a la fecha, solo se realiza este tipo de cobro al proyecto vial Cartagena Barranquilla y Circunvalar de la Prosperidad, donde se toma como área de influencia a todos los predios existentes a 5 kilómetros de radio del eje de la vía. Aplicando este mismo criterio, en el eje vial de Montería – Sincelejo hacia el mar del proyecto Antioquia-Bolívar y según lo solicitado en el evento, serían afectadas haciendas en Montería, Cereté, San Pelayo, Cotorra, Purísima, Lorica, San Antero, Coveñas, Palmito, Tolú y Toluviejo. En cuanto al proyecto del aeropuerto de Tolú, sus 5 kilómetros de área de influencia, afectarían las haciendas en esa zona. Es importante, que los entes territoriales de la región consulten a la Agencia Nacional de Infraestructura y a la Aeronáutica Civil el estado de los proyectos mencionados, ya que, si los mismos están dentro de la etapa de construcción, podría ser aplicable la llamada Contribución Nacional de Valorización. Por lo cual se debería impulsar su paso a la etapa de Operación y Mantenimiento de todas las unidades funcionales de los proyectos.