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Acreedores dicen que modificación de acuerdo de reestructuración de pasivos es irregular

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28 de feb. de 2023

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Redacción. Cuando hoy la Gobernación convoca a los acreedores vigentes del acuerdo de reestructuración de pasivos del departamento de Sucre, para modificar dicho acuerdo, acreedores posteriores a este solicitan la terminación del mismo.
La Administración departamental hará hoy, en el auditorio Fortunato Chadid, la reunión con esos acreedores que estuvieron presente el día que se determinó que el departamento de Sucre entraría a Ley 550 (octubre 26 de 2010).
Cabe resaltar que esa convocatoria no tiene hora, solo la fecha.
Entre esos acreedores que entraron posteriormente a ese acuerdo, está la IPS Nueva Esperanza, la cual tiene como apoderado judicial al abogado Carlos Fajardo Ozuna y quien es uno de lo que le pide a Néstor Urrea Duque, de la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda; a Sandra Piñeros Castro, promotora del acuerdo de reestructuración de pasivos o Ley 550, de la Superintendencia de Sociedades, así como a Fabián Pérez, secretario de Hacienda del departamento y quien hace parte del comité de vigilancia fiscal, que decreten la terminación del acuerdo de reestructuración de pasivos.
Fajardo explicó a El Meridiano que ese acuerdo fue negociado con los acreedores del departamento de Sucre en octubre de 2010 y que su terminación era hasta el 31 de diciembre de 2020. En ese acuerdo se establecieron los acreedores que existían al momento de la presentación de la solicitud que fue hecha a la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y después se categorizaron en grupo las obligaciones, las cuales tenían que ser canceladas.
"La mayoría de esas obligaciones, han sido canceladas, estas han sido las operaciones de crédito público, es decir, las que tienen con los bancos, porque esas están proyectadas a corto, mediano y largo plazo. Las que faltan por pagar son las posteriores al acuerdo", dijo Fajardo.
Anotó que la Gobernación debió culminar ese proceso de reestructuración el 31 de diciembre de 2020, pero este no finalizó por una interpretación que le hicieron desde el comité de vigilancia.
Argumentó que ese acuerdo debe darse por terminado porque está perjudicando las obligaciones que tiene el departamento con prestadoras de salud, que no han sido canceladas dentro de los tres meses siguientes a las radicaciones de solicitudes de pago, tal como lo establece el acuerdo.
"El acuerdo dice que cuando el departamento incumpla el pago de las obligaciones posteriores al acuerdo, eso es causal de terminación del acuerdo de reestructuración de pasivos. Igualmente el departamento ha incumplido con las obligaciones desde el 2020 hasta la fecha. Todas las ordenanzas que ha aprobado la Asamblea de Sucre implican una erogación económica y estas tenían que llevar el visto bueno del comité de vigilancia fiscal de la Ley 550, pues este comité es el que va a velar que se cumpla dicha reestructuración de pasivos. Con respecto a esto yo elevé un derecho de petición a la Asamblea para que me certificaron si eso se hizo. Lo hice porque en las ordenanzas no se evidencia eso", expresó Fajardo.
Reitera Fajardo que ese acuerdo lo ha incumplido la Gobernación, por lo tanto el escenario está dado para que se de por terminado el mismos, pues hay una cantidad de sentencias judiciales, que tienen más de tres meses de estar radicadas para el cumplimiento de la sentencia y el departamento de Sucre no ha expedido el acto administrativo de cumplimento y pago que son obligaciones posteriores.
Añadió que de no dar por terminado ese acuerdo, los acreedores que ingresaron posterior al acuerdo, entre esos los prestadores de salud, se ven perjudicados, por cuanto no le serán pagadas por ahora esas obligaciones que ya tienen orden de pago por parte de un juez de la república.
Manifestó que la Gobernación dice que no puede pagar porque está vigente el acuerdo de reestructuración, pero, según Fajardo, este no existe porque ya venció.
Hizo hincapié también que esa convocatoria tiene varias inconsistencias, ya que convocaron a los acreedores que únicamente y exclusivamente votaron en octubre de 2010. "Esos acreedores no existen. Hoy solo existe es la banca. A esta es a la única persona que le deben. Además, en esa convocatoria no está definida la hora de la misma. Cómo la Gobernación va a modificar ese acuerdo sino incluyeron o invitaron a la reunión de hoy a los acreedores posteriores. Aquí se tiene que reenegociar el acuerdo tal como dice la Ley 550, porque los únicos que están pendiente por cancelar dentro de ese acuerdo, son las bancas, pero con posterioridad a ese acuerdo hay un poco de obligaciones que la Gobernación no ha pagado", cuestionó Fajardo.
Finalmente señaló que a los únicos que les favorece que ese acuerdo se mantenga es a la banca y no a los acreedores particulares. "A estos no les conviene que se siga con esa reestructuración de pasivos porque frena el pago de sus obligaciones", acotó el abogado.

Para Fajardo esa modificación que le están haciendo a esta hora al acuerdo es irregular, pues lo están efectuando con el personas retroactivo de las cesantías financiados con recursos propios del departamento, es decir, con los empleados vinculados antes de 1996.

"El quórum no lo están haciendo con la banca, sino con los empleados del régimen retroactivo de las cesantías de la planta de personal de recursos propios del departamento, excluyendo a los empleados administrativos y docentes de la Secretaría de Educación, que son financiados con recursos del Sistema General de Participaciones. Es decir, que convocaron para modificar el acuerdo solo a los empleados del departamento que le deben cesantías retroactivas. Pues estos aun están vinculados y el día que se retiren tienen que pagarle cesantías retroactivas. Eso es un despropósito lo que hicieron. Eso es un saludo a la bandera, ya que dejaron por fuera todas las obligaciones que tiene el departamento", criticó Fajardo.

Recordemos que la IPS que él representa le está cobrado a la Gobernación unas factoras por los servicios prestados a pacientes con problemas mentales de la población pobre no asegurada.

Facsímil de la convocatoria.